Lunes, 21 Septiembre 2020

Las convenciones prenupciales y la planificación del patrimonio familiar en Portugal

VolverEl Departamento de Familia y Empresa Familiar de Belzuz Abogados, S.L. se centra hoy en la importancia de las convenciones prenupciales que, en la actualidad y en vista del elevado número de divorcios, deben considerarse como una verdadera planificación patrimonial de la vida en común.

De hecho, hay divorcios cada vez más complejos como consecuencia de una liquidación de gananciales extremadamente conflictiva, ya que sólo entonces surge la preocupación por el patrimonio común, cuando los acuerdos prenupciales son un instrumento al alcance de los futuros cónyuges que permiten salvaguardar sus respectivos patrimonios, minimizar las discordias y evitar las batallas judiciales que no benefician a quien desea disolver el vínculo matrimonial.

Según lo establecido en el artículo 1698 del Código Civil, la ley portuguesa permite a los cónyuges que, en un acuerdo prenupcial, elijan el régimen de bienes que regirá su matrimonio, ya sea optando por uno de los previstos en el Código o por otro que acuerden dentro de los límites de la ley.

El acuerdo prenupcial es, pues, un contrato que los novios celebran antes del matrimonio y en el que eligen el régimen de bienes que se aplicará al matrimonio, así como establecen otras normas y disposiciones, en particular de carácter patrimonial, que se les aplicará después del matrimonio.

La ley portuguesa prevé los siguientes regímenes de bienes: gananciales, comunidad general y separación de bienes.

Si los cónyuges no firman un acuerdo prenupcial, el matrimonio quedará sometido al régimen de gananciales.

En este régimen, gananciales, en términos generales sólo son propiedad de cada uno de los cónyuges los bienes que posee en el momento de la celebración del matrimonio y los recibidos por sucesión y donación. Todos los demás bienes adquiridos durante el matrimonio, incluso el producto de su trabajo, son propiedad común de ambos cónyuges.

A su vez, en el régimen de separación de bienes cada uno de los cónyuges es dueño de los bienes que adquirió, en cualquier forma, antes y después del matrimonio.

Sin embargo, puede ocurrir que ciertos bienes hayan sido adquiridos por ambos cónyuges antes o durante el matrimonio. En este caso ambos cónyuges son propietarios de los bienes, no como pareja sino como copropietarios.

El acuerdo prenupcial permite la planificación patrimonial, decidiendo, libremente y en conciencia, lo que se quiere para la futura vida en común, pudiendo ir más allá de la elección del régimen de bienes.

En el acuerdo prenupcial, cualquiera de los futuros cónyuges puede instituir a terceros como herederos o legatarios, permitiendo también la ley “la institución de heredero o el nombramiento de legatario en nombre de cualquier uno de los cónyuges, hecho por el otro cónyuge o por un tercero”.

También pueden establecerse cláusulas de reversión o de fideicomiso con respecto a las liberalidades realizadas en el acuerdo.

En caso de que se opte por el régimen de separación de bienes, es igualmente posible renunciar recíprocamente a la condición de heredero legítimo del cónyuge.

El acuerdo prenupcial deberá celebrarse mediante escritura pública o mediante declaración ante un funcionario del registro civil y no surtirá efectos hasta que sea registrado en el Registro Civil.

Después del acuerdo prenupcial, el matrimonio debe celebrarse en el plazo de un año, bajo pena de caducidad.

El acuerdo prenupcial puede ser revocado o modificado libremente hasta la celebración del matrimonio, siempre que todas las personas que lo otorgaran o sus herederos den su consentimiento - artículo 1712 nº 1 del Código Civil.

Sin embargo, en conformidad con el principio de inmutabilidad, consagrado en el párrafo 1 del artículo 1714 del Código Civil, fuera de los casos previstos por la ley, no se permite modificar, una vez celebrado el matrimonio, ni los acuerdos prenupciales ni los regímenes de bienes.

Hacer o no un acuerdo prenupcial es una decisión conjunta de los futuros cónyuges, pero puede marcar la diferencia en una posible división de los bienes en caso de divorcio y ayudar en la gestión de la vida familiar, ya que puede impedir la comunicabilidad de las deudas.

El Departamento de Familia y Empresa Familiar de Belzuz Abogados, S.L.. tiene un equipo capaz de prestar toda la asesoraría necesaria y aclarar todas las cuestiones relativas a este asunto.

 Teresa Lopes Ferreira Teresa Lopes Ferreira 

Departamento de Derecho de Familia y de Empresa familiar

 

Belzuz Abogados SLP

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