Jueves, 16 Diciembre 2021

Negligencia médica por error de diagnóstico obliga a indemnizar al Servicio Catalán de Salud

VolverEl Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 17 de Barcelona ha estimado una reclamación patrimonial interpuesta por un paciente y, por consiguiente, ha condenado al Servicio Catalán de Salud y a Badalona Servicios Asistenciales por un retraso en el tratamiento de un cáncer en la lengua dado que, en un primer momento, los facultativos lo confundieron con una llaga.

Así, el Juez concede una indemnización de 46.000 euros en favor de dicho paciente, dado que el diagnóstico fue erróneo, lo cual era justificable por la dificultad de detectar inicialmente el tumor, pero la demora fue inadmisible en la tramitación e intervención lo que hizo que tuvieran que extirparle parte de la lengua y quedara con dificultades en el habla.

El Juez aprecia la existencia de mala praxis y, por tanto, de negligencia médica dado que entre la primera visita y el diagnóstico correcto transcurrieron 4 meses y 2 meses mas hasta la cirugía, lo que supuso una pérdida de oportunidad para realizar una intervención quirúrgica menos agresiva que hubiese tenido secuelas mas leves.

No existían, prosigue la sentencia, justificación alguna a que la derivación al especialista desde el centro de salud se demorase tanto, ni la anulación de esa derivación posteriormente sin dar explicación alguna.

Del mismo modo, el Juez discrepa de los peritos del Servicio Catalán de Salud, que alegaron que el resultado de la intervención hubiese asido el mismo con un diagnóstico mas rápido, señalando que cualquier persona con mínimos conocimientos médicos sabe que los procesos cancerosos tienen mejor pronostico ante un diagnóstico temprano.

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