Consultoría en protección de datos personales - Externalización del Delegado de Protección de Datos personales (DPO)

Es muy posible que su empresa haya sido ya adaptada a la nueva normativa del RGPD.

Siendo el 25 de mayo de 2018 pasado la fecha de aplicación obligatoria del Reglamento General de Protección de Datos (en adelante, RGPD), en Belzuz Abogados, S.L.P., como especialistas en protección de datos de carácter personal, hemos llevado a cabo la adecuación de numerosas empresas de los diversos sectores de la actividad económica.

Pero la norma, no solo exige la adecuación, sino la implantación de una serie de procedimientos, políticas de actuación y medidas que son dinámicos y requieren, por tanto, de revisiones periódicas y de una dedicación continua.

Este es el caso, entre otros, del DELEGADO DE PROTECCIÓN DE DATOS (DPD, o por sus siglas en inglés DPO). Figura de nueva creación en el RGPD, necesario y esencial para aquellas entidades que tratan datos de carácter personal de forma sistemática, a gran escala y/o categorías especiales de datos (salud, origen étnico, ideología, genéticos, biométricos, religión…). Entre otras, legalmente se consideran como tales, las siguientes categorías de empresas, pudiendo designarse también de forma voluntaria:

- Colegios Profesionales

- Centros Docentes

- Prestadores de Servicios de Comunicación Electrónica

- Prestadores de Servicios de la Sociedad de la Información

- Entidades de Crédito y establecimientos financieros de crédito

- Aseguradoras y reaseguradoras

- Sociedades de Servicios de Inversión

- Distribuidores y Comercializadores de electricidad y gas

- Entidades de evaluación de solvencia patrimonial

- Entidades de publicidad y prospección comercial

- Centros Sanitarios

- Emisores de informes comerciales

- Operadores de juego electrónico

- Empresas de Seguridad Privada

- Federaciones deportivas que traten datos de menores

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Delegado de Protección de Datos (DPO) y consultoría de Protección de datos de carácter personal

El DPO debe ser una persona que cuente con cualidades profesionales, conocimientos especializados en derecho, experiencia en materia de protección de datos y capacidad para desempeñar las tareas designadas por la legislación.

El Reglamento permite, para su elección, dos opciones:

• Puede formar parte de la plantilla de la empresa, en cuyo caso, puede ésta elegir un miembro de la plantilla actual (que reúna los requisitos), o realizar una contratación específica a tal efecto.

• Apoyarse en un profesional externo mediante que desempeñe esta función en el marco de un contrato de prestación de servicios *(ver nuestros honorarios más adelante).

Las funciones más importantes del DPO, son:

• Informar y asesorar a los responsables de la empresa y a los empleados que tengan relación con datos personales (de los clientes, proveedores, personal empleado, etc), de las obligaciones que deben cumplir de acuerdo con el RGPD.

• Supervisar la implementación y cumplimiento de las disposiciones de protección de datos de la Unión Europea y del estado, así como de las políticas de la empresa en materia de protección de datos personales, incluida la asignación de responsabilidades, la formación de los trabajadores y las auditorías correspondientes. En especial, todo lo que se refiere al principio de protección de datos desde el diseño y por defecto, minimización de los datos y licitud de los tratamientos. Supervisar la evaluación de impacto.

• Gestionar las peticiones de información de los interesados, y las solicitudes presentadas en el ejercicio de sus derechos de conformidad con la legislación de protección de datos (derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación del tratamiento, oposición, portabilidad y oposición a decisiones individuales automatizadas).

• Supervisar la actuación en caso de brechas de seguridad, notificación y comunicación de las brechas a la autoridad y, en su caso, a los interesados.

• Actuar como punto de contacto de la autoridad de control (Agencia Española de Protección de Datos).

Belzuz Abogados, S.L.P. cuenta con los profesionales adecuados, por sus conocimientos y experiencia, para desempeñar la función de DPO sin los inconvenientes que puede presentar que el DPO sea de la plantilla; la posición del DPO en la empresa es de independencia, sin pueda tener conflictos de interesas (lo que ocurriría si el DPO fuera un Directivo), no puede ser sancionado ni destituido por el desempeño de sus funciones, debe mantener secreto y confidencialidad y debe rendir cuentas al más alto nivel jerárquico.

Conscientes de la importancia y complejidad que ha alcanzado la problemática de protección de datos de carácter personal, en Belzuz Abogados, S.L.P. hemos considerado de interés para las empresas, ofrecer los servicios de externalización del DPO que cumpla las funciones encomendadas por la ley, de asesoramiento, supervisión, etc.

Nuestros honorarios son asequibles para las empresas


Prestación del servicio de Delegado de Protección de Datos, por 350 Euros/mes, más IVA, con tope de horas y duración mínima del servicio.

 


Nuestros abogados están especializados en protección de datos. Disponemos de una amplia experiencia desde el comienzo de las normas sobre esta materia.

Consúltenos cualquier duda o para otros servicios relacionados a través de nuestro sitio web, nuestro teléfono, nuestro e-mail o realizando su petición a continuación; tramitaremos su solicitud y le responderemos a la mayor brevedad.

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