sexta, 30 setembro 2016

Desplazamiento internacional de trabajadores en las empresas

VolverDesde hace años ha aumentado el número de empresas que desplazan y expatrian trabajadores al extranjero, debido al auge de las multinacionales y al aumento de empresas españolas con presencia en otros países; así como a la necesidad de buscar nuevos mercados y diversificarse.

Bajo este nuevo marco se pueden dar varias situaciones. Así pues, en las sucesiones de un causante no residente, en principio los herederos tendrán derecho a la aplicación de la normativa propia aprobada por la Comunidad Autónoma y de lo contrario se aplicará a cada sujeto pasivo la normativa de la Comunidad Autónoma en que resida.

Cuando una empresa procede a desplazar a trabajadores, desde Belzuz Abogados aconsejamos realizar un análisis previo de las obligaciones legales respectivas que puedan tener el trabajador y la empresa, no solamente en el país de origen, sino también en el país de destino del trabajador.

Así por ejemplo, conviene revisar que no se satisfacen dietas por manutención y estancia exentos de IRPF por períodos superiores a los permitidos en la normativa legal; la conveniencia o no de presentar el modelo de solicitud del régimen opcional de tributación por el IRPF para residentes de la UE o del Espacio Económico Europeo; así como plantearse el periodo que va a durar dicho desplazamiento/expatriación y consecuentemente analizar si dicho periodo genera obligaciones de algún tipo en el país de destino. En muchas ocasiones los Convenios de Doble Imposición otorgan potestad tributaria al país del desplazamiento, lo que implica la obligación de tributar en dicho país por los rendimientos satisfechos al trabajador, independientemente de que el salario se siga pagando en España y de que el trabajador mantenga la residencia fiscal española. Por todo ello, desde Belzuz Abogados, como abogados especialistas en Derecho Fiscal Internacional, consideramos fundamental contar con asesoramiento especializado para analizar cada situación concreta.

Asimismo, es conveniente que la empresa facilite información suficiente al trabajador, para mantenerle debidamente informado. De lo contrario, puede haber un incumplimiento de las obligaciones tributarias por parte del trabajador y a la vez, en muchas ocasiones, por la empresa en su calidad de retenedor.

Igualmente es conveniente fijar un acuerdo donde se establezcan las causas, requisitos, condiciones así como las consecuencias de la extinción de la situación de desplazamiento y las condiciones en que se reintegrará a su antiguo puesto de trabajo en España. Otro aspecto importante a establecer son las causas por las que, bien el trabajador o bien la empresa, pueden en su caso poner fin a la situación de expatriación.

En líneas generales para que un trabajador pueda trabajar en el extranjero debe cumplir con la legislación sobre inmigración del país de destino. En caso de que el país de destino sea miembro de la Unión Europea en principio debería obtener una tarjeta de residencia. Por otro lado, en caso de que el país de desplazamiento sea otro país no considerado miembro, habrá que respetar la legislación vigente en dicho Estado a fin de verificar que permisos y trámites han de realizarse.

En este contexto en Belzuz Abogados con sede en Madrid y oficinas en Lisboa y Oporto, queremos destacar una medida portuguesa que está resultando muy interesante tanto para empresas españolas que prevén trasladar a trabajadores a Portugal como incluso a personas que están jubiladas. Se trata del régimen para residentes no habituales. Esta medida se debe en gran parte al interés del Gobierno Portugués de atraer el talento extranjero, así como fomentar la inversión del exterior.

El régimen de los residentes no habituales fue creado en 2009 y se destina a contribuyentes no residentes que pretendan establecer en Portugal una residencia sea permanente o temporal. Este régimen se aplica bajo unas condiciones específicas: ha de convertirse residente fiscal en Portugal; y no haber tributado como residente en dicho país en los 5 años anteriores.

Los contribuyentes que se encuentren en estas circunstancias pueden tributar como residentes no habituales durante 10 años seguidos, concluidos los cuales tributarán según las reglas generales del Código do Imposto sobre o Rendimento das Pessoas Singulares (IRS) que es el equivalente a nuestro Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en España.

En Belzuz Abogados desde las oficinas de España y Portugal estamos a su disposición de nuestros clientes para aclarar cualquier duda que les pueda surgir respecto al desplazamiento de trabajadores, y para ayudarles en los trámites necesarios.

 

Belzuz Abogados SLP

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