quinta, 17 junho 2021

El sector de los seguros al rescate… O al rescate del sector de los seguros

VolverEl aroma a ron y salitre del Caribe impregna el imaginario colectivo de los orígenes del contrato de seguro. Relatos de piratas y corsarios del siglo XVII y XVIII, desde el Bucaneros de América de Exquemelin hasta la Isla del Tesoro de Louis Stevenson, son el origen del contrato de seguro para muchos profesionales del sector.

No obstante, los antecedentes históricos del seguro se remontan al Código de Hammurabi, de más de 3.000 años de antigüedad, y al llamado “préstamo a la gruesa ventura”. Así, de Oriente a Occidente, y a través de los todopoderosos mercaderes de la Italia de la Baja Edad Media y el Renacimiento, llegamos hasta el famoso café de Edward Lloyd en el Londres de finales del siglo XVII: el Lloyd’s.

El contrato de seguro nace, pues, ligado a grandes operaciones comerciales (normalmente a largas distancias) y se convierte en una pieza fundamental para limitar el riesgo y la incertidumbre de la actividad comercial.

Desde entonces y, de manera acelerada con la apertura de las rutas comerciales transoceánicas, el seguro se ha expandido desde el ámbito de las grandes operaciones comerciales al ámbito (más amplio y moderno) de la economía e, incluso, hoy, el seguro puede llegar a mitigar los riesgos de la propia vida y de la muerte.

De hecho, la adopción de mecanismos de mitigación del riesgo, especialmente, el seguro, se ha convertido en un requisito indispensable para acceder a determinadas actividades en condiciones de plena legalidad, como la conducción de vehículos a motor.

Así, el seguro no sólo cumple una función de catalizador o facilitador de la economía, sino que también se ha convertido en una condición cuasi necesaria para el ejercicio de determinadas actividades económicas.

Tras la pandemia de COVID-19, el seguro se revela como una palanca de impulso de la actividad económica una vez más. A medida que la vacunación avanza a velocidad de crucero en España, en medio de la irrefrenable desescalada, desde Belzuz Abogados nos preguntamos qué papel está adoptando el mercado asegurador y, sobre todo, qué aportaciones singulares está haciendo el mercado asegurador a la “nueva normalidad”.

Sin ánimo de ser exhaustivos, dada la limitación de espacio el primer elemento que ha condicionado la respuesta del mercado asegurador a la crisis sanitaria es, lógicamente, la necesaria hibernación de la economía y el movimiento de un mercado de trabajo predominantemente “analógico” a uno “digital”.

El mercado asegurador ha dado respuesta, con celeridad, a las necesidades de esta limitada “transición” digital sobre dos ejes: (i) reforzando las líneas de productos de cobertura cyber, así como (ii) los canales de venta digital, en un esfuerzo por adaptarse a las nuevas condiciones del mercado.

En este sentido, de acuerdo con el último informe de Willis Towers Watson, en el año 2020, se ha producido un incremento exponencial de los ataques cyber, sobre todo a través de ransomware, un tipo de malware que utiliza el secuestro de datos para extorsionar a empresas y particulares.

Del mismo modo, la venta de seguros a través de canales digitales no sólo estaba llamado a ser el futuro del mercado de seguros, sino que, tras la pandemia, se ha convertido en el canal principal, junto con el de la venta combinada a través de entidades financieras.

El segundo elemento que ha modificado el aseguramiento en España, es la aparición de las mal llamadas “cláusulas COVID” y la necesaria adaptación de condicionados generales y particulares a las situaciones generadas por la pandemia.

Las consecuencias del riesgo de epidemia estaban previstas en muchas de las pólizas en el mercado español en enero de 2020, sobre todo en lo relativo a la organización de eventos de grandes dimensiones o a través de las cláusulas de business interruption (entre otras). No obstante, también es cierto que la mayor parte de las pólizas, en enero de 2020, excluían específicamente los daños y consecuencias derivados de una pandemia.

Desde entonces, y tras el desconcierto inicial causado por la irrupción de la COVID-19, el mercado asegurador ha actualizado sus clausulados y, no sin cierta polémica (incluyendo cierta litigiosidad, aunque menor de la esperada), el mercado español ha dado respuesta al riesgo cierto (aunque remoto) que, para una actividad económica concreta supone una pandemia.

En este sentido, desde el Departamento de Derecho del Seguro de Belzuz Abogados ya tuvimos la ocasión de comentar la jurisprudencia menor acerca de la interpretación de las cláusulas de business interruption aunque, sin lugar a dudas, es la Sentencia de 15 de enero de 2021 del Tribunal Supremo de Reino Unido, la que ha tenido una mayor repercusión en el mercado internacional de seguros.

Finalmente, en tercer lugar, el elemento que ha condicionado de manera singular la respuesta del mercado asegurador en España es, precisamente, su estructura y composición económica; siendo un país eminentemente orientado a los servicios y, más concretamente, la segunda potencia turística mundial (según datos de la Organización Mundial del Turismo de 2019), España se ha visto severamente afectada por el cierre de las rutas de transporte de pasajeros y la forzosa suspensión de la actividad turística.

En este sentido, el mercado asegurador ha salido en auxilio de uno de los sectores clave de la economía española de la mano de las administraciones públicas, a través de los seguros de asistencia en viaje suscritos por las administraciones públicas.

En efecto, uno de los elementos más singulares de la respuesta a la crisis sanitaria en España ha sido el diseño y suscripción, por parte de algunas administraciones públicas, de un seguro de asistencia en viaje que complemente y suplemente las coberturas que pudieran tener los turistas tanto extranjeros como nacionales.

Como en otros productos de seguro similares ya existentes en el mercado, este producto incluiría las coberturas de gastos médicos, repatriación sanitaria y prolongación de estancias sanitarias por cuarentena asociada a COVID-19.

Si bien la estructura de este producto no es innovadora, sí lo es el hecho de que (i) sea una administración pública la que adopte la posición de Tomador en una póliza de asistencia en viaje, (ii) no existan datos fiables ni estimables sobre el número de potenciales asegurados (en el año 2019, habían visitado Canarias hasta 13,1 millones de turistas internacionales, a los que añadir el turismo nacional) y (iii) que se incluya un servicio de atención telefónica en exclusiva para atender este producto de seguro que, por tanto, tiene el potencial de convertirse en un producto de seguro mixto o combinado (prestación de servicios + cobertura de gastos médicos).

Este producto de seguro del que ha sido pionera la Comunidad Autónoma de Canarias en agosto de 2020 ha sido replicado por Andalucía (actualmente en vigor) y va a ser replicado por Baleares, Galicia y por la Región de Murcia para este verano de 2021.

El seguro está pensado para dar mayores garantías a los turistas procedentes del ámbito europeo, toda vez que, para turistas de fuera del Espacio Schengen, ya era necesario disponer de un seguro de asistencia en viaje.

De esta forma, las administraciones públicas en España están adoptando una actitud decidida para recuperar un sector maltrecho tras un año de hibernación y que ha sufrido un nuevo golpe tras la aparición de nuevas cepas del virus y la ralentización de la desescalada de uno de los principales países de origen del turismo español: Reino Unido (prevista, tras el fiasco, para el 19 de julio de 2021).

En esta operación a “vida o muerte”, el seguro sale al auxilio de la economía española y de las administraciones públicas, intentando inclinar la balanza en favor de España como un destino turístico seguro. La colocación de este tipo de productos de seguro en el mercado se une a la relajación de las medidas de control de acceso al territorio nacional desde destinos considerados “seguros”, a la reapertura de los corredores internacionales de viajeros y a varias campañas de promoción del turismo nacional e internacional, tanto a nivel autonómico, como estatal.

Como abogados especialistas en Derecho del Seguro, desde Belzuz Abogados analizamos las sinergias que genera la colaboración entre el sector público y el sector de los seguros, en esta inusual alianza que parece reproducir una tendencia, a nivel global, hacia el llamado “estado emprendedor” de Mazzucato.

Así, más que afirmar que el seguro ha salido al rescate de la economía, son las administraciones públicas las que han adoptado el reto de promocionar y estimular, de manera decidida, una economía devastada por la pandemia.

En el ámbito de los seguros, de hecho, la Administración Pública salió al rescate en los primeros compases de la pandemia; son ejemplo de ello el Real Decreto-Ley 8/2020, de 17 de marzo, mediante el que se creaba una línea extraordinaria de cobertura aseguradora en el ámbito para las empresas exportadoras, o el Real Decreto 15/2020, de 21 de abril, que desplegaba una red de seguridad bajo los pies del sector asegurador español, al ampliar las posibilidades de que el Consorcio de Compensación de Seguros operase como reasegurador en los seguros de crédito y caución.

Ahora es el turno del sector de los seguros de apuntalar y acompañar los programas de reactivación económica, más allá de la colocación de productos de seguro específicos; a través de la adaptación de las primas y de los clausulados, sus límites y sus exclusiones de cobertura.

Es en la creación de sinergias positivas entre el sector privado y el sector público, donde se encuentra el papel de los seguros, tal y como hemos expuesto al principio; desde aquellos “préstamos a la gruesa ventura” de los babilonios, pasando por el mítico John Silver y su loro, el Capitán Flint, que personificaron durante dos siglos el riesgo más temido para el comercio transoceánico. Es el turno, ahora, de salir en auxilio del estado emprendedor para crear algo que llamar, de nuevo, normalidad.

Departamento Direito dos Seguros | Madrid (Espanha)

 

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