La Ley 7/2012, de 29 de octubre, de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude, ha introducido una nueva disposición adicional decimoctava en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, por la que se establece la obligación de informar sobre los bienes y derechos situados en el extranjero.
Como normas de desarrollo de esta nueva obligación se encuentran los nuevos artículos 42 bis, 42 ter y 54 bis del Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos aprobado por el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, e introducidos por el Real Decreto 1558/2012, de 15 de noviembre, y la Orden HAP/72/2013, de 30 de enero, que aprueba el modelo 720 de esta declaración informativa y se determina el procedimiento para su presentación.
Como resultado de la colaboración entre la Dirección General de Tributos y la Agencia Estatal de Administración Tributaria, se recogen en el fichero adjunto una relación de preguntas frecuentes precedidas de su correspondiente índice. En las mismas se trata de aclarar tanto el ámbito objetivo y subjetivo de la obligación, como el contenido de la misma, los aspectos relacionados con el régimen sancionador y cuestiones de carácter puramente técnicas.
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