Lunes, 26 Febrero 2024

Qué ocurre si un heredero no quiere firmar una herencia

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Como abogados especializados en derecho de familia y sucesiones, es habitual que lleguen a nuestro Despacho asuntos relacionados con una herencia que ha quedado bloqueada o paralizada en algún momento de su tramitación al no estar todos los herederos de acuerdo, y ello provocado por la actitud de alguno o algunos de los herederos, que por algún motivo no están conformes con el reparto propuesto.

Puede incluso suceder que ni siquiera exista un motivo concreto para el desacuerdo, pero que simplemente ni aceptan la herencia, ni tampoco la repudian o renuncian a ella.

Desde el Departamento de Derecho de Familia y Sucesiones de BELZUZ ABOGADOS S.L.P. somos conscientes, que la tramitación para la aceptación y adjudicación de una herencia es una situación delicada para los herederos, que han perdido a un ser querido, y se les hace complicado el pensar en repartirse los bienes del fallecido y, suelen surgir muchas inquietudes con respecto a las propiedades y los bienes legales.

Primero vamos a aclarar todo lo que trae consigo el aceptar los bienes de un difunto.

La aceptación de la herencia implica una responsabilidad sin duda, ya que, la persona heredera se compromete a asumir los derechos, pero también los deberes y obligaciones del causante. Esto significa que deben asumirse las deudas contraídas por el difunto.

Sin embargo, existen un par de formas de aceptación de herencia establecidas para resolver esta problemática legal cuando se es heredero, que son:

1.Aceptación a beneficio de inventario

En este caso, el heredero asume las obligaciones del difunto hasta donde alcance el capital para responder por ellas, lo que significa que el beneficiario no tiene que comprometer su propio capital o bienes para pagar las deudas.

2. Aceptación simple y pura

En este tipo de aceptación, la persona heredera se compromete a asumir completamente el monto de las deudas, aun cuando eso implique terminar de pagar con sus propios bienes y capital.

El plazo para aceptar una herencia no se encuentra especificado en ninguna ley de forma explícita, porque no se puede forzar a un heredero a tomar una decisión. Sin embargo, el plazo para aceptar una herencia máximo se considera de 30 años a partir del momento en el que la persona fallece.

¿SE PUEDE REPARTIR LA HERENCIA SI NO HAY ACUERDO ENTRE LOS HEREDEROS?

Como hemos mencionado, sí es posible repartir una herencia en la que no hay acuerdo entre los herederos, al existir medidas a las que se puede recurrir.

¿Qué medidas existen para repartir la herencia en caso de desacuerdo?

Cuando no hay acuerdo entre los herederos sobre el reparto de la herencia, se puede recurrir a las siguientes medidas:

La mediación extrajudicial: Es conveniente agotar todas las vías posibles para intentar llegar a un acuerdo sin tener que acudir a otras opciones que pueden ser más gravosas para algunas de las partes. Por ello, en estos casos, es interesante acudir a la figura del mediador, que debe ser un abogado experto en Derecho de Sucesiones.

El mediador valorará los bienes de la herencia, calculará las cuotas que puedan corresponder y hará una propuesta de partición lo más justa posible para todos los herederos. De esta forma, si estos aceptan, se podrá hacer la repartición de la herencia.

La interpelación hereditaria: Esta acción corresponde en aquellos casos en los que el bloqueo se debe a que alguno de los herederos no manifiesta su aceptación ni rechazo a la herencia, y puede ser ejercida tanto por cualquier heredero como por cualquier otra persona que tenga y pueda mostrar un interés legítimo en que lo haga.

Consiste en requerir por vía fehaciente al heredero para que, en un plazo de 30 días para que:

• Acepte la herencia, especificando si lo hace de forma pura o simple, o bien a beneficio de inventario.

• O rechace la herencia.

También, el notario que efectúe el requerimiento le advertirá que, si no se pronuncia en ese plazo, se considerará que acepta la herencia pura y simplemente.

Por otro lado, puede ocurrir que el heredero requerido acepte finalmente, pero no esté de acuerdo con la propuesta de partición. En ese caso, aquellos herederos que representen al menos el 50% de los derechos sobre la herencia pueden solicitar al notario que formalice dicha partición, para así no tener que iniciar un procedimiento judicial.

Por último, comentar muy brevemente qué sucede cuando se rechaza una herencia:

Se conoce a nivel jurídico como repudiar la herencia y se da cuando una persona no quiere aceptar los bienes que le corresponden. Una de las causas principales por los que esto ocurre, es porque aceptar la herencia supone más pérdidas que ganancias, precisamente por el tema de asumir las deudas.

Si tras culminar el plazo para aceptar una herencia, la persona decide repudiarla deberá manifestarlo ante una notaría o un juzgado. En este caso, sí existe un plazo para hacerlo, que no debe superar los treinta días. De no hacerse dentro de este periodo de tiempo, los organismos legales asumirán que se ha aceptado la herencia pura o simplemente.

Desde el Departamento de Derecho de Familia y Sucesiones de BELZUZ ABOGADOS, S.L.P., aconsejamos que si Vd. va a recibir una herencia se informe previamente de si le favorece aceptarla o no o cuál es la mejor forma de aceptación.

 

Clara-Belzuz-FernandezClara Belzuz Fernández

 

Belzuz Abogados SLP

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